COMERCIAL
Incorporan detalle de salud psicológica en formulario de Comisión Médica (ART)
La SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) ha emitido la Resolución 27/2025, publicada el 11 de junio de 2025, que introduce importantes modificaciones en los formularios clave de la gestión de contingencias laborales: “Constancia de Alta Médica” (Formulario A), “Constancia de Fin de Tratamiento” (Formulario B) y “Constancia de Solicitud de Reingreso” (Formulario C). Esta medida busca optimizar la información disponible y facilitar el acceso a la justicia y a los trámites para los trabajadores. Deberá prestarse atención por posibles interpretaciones judiciales sobre su aplicación.
11/06/2025


Las principales novedades incluyen:
Información obligatoria sobre salud mental: Los formularios “Constancia de Alta Médica” y “Constancia de Fin de Tratamiento” deberán incluir ahora dos nuevos ítems:
- Si el trabajador “ameritó tratamiento psicológico y/o psiquiátrico (SI/NO)”.
- Si el trabajador “ameritó estimación de secuelas incapacitantes” conforme a los criterios de evaluación del daño psíquico establecidos en resoluciones previas de la S.R.T. (SI/NO). Esta incorporación se considera pertinente para posibilitar una mejor ponderación de las secuelas incapacitantes, especialmente en la esfera psíquica, por parte de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) y Empleadores Autoasegurados (E.A.). Además, busca que, ante una eventual presentación judicial, los jueces dispongan de mayores elementos de convicción para la resolución de los planteos.
Acceso facilitado a información de Comisiones Médicas: Se sustituyen las leyendas en los tres formularios (A, B y C) para informar de manera explícita al trabajador sobre sus derechos en caso de discrepancia con las decisiones de alta médica o fin de tratamiento. Ahora se indicará que pueden iniciar un trámite ante la Comisión Médica correspondiente y que los datos de contacto de dichas comisiones pueden consultarse en el sitio de internet de la S.R.T. (www.srt.gob.ar).
La Resolución, dictada en uso de las atribuciones conferidas a la S.R.T. por las Leyes N° 24.557 y N° 27.348 y el Decreto N° 717/96, entrará en vigencia transcurridos TREINTA (30) días de su publicación en el Boletín Oficial, es decir, a partir del 11 de julio de 2025.

Accedé a la resolución aquí: RESOLUCIONSUPERINTENDENCIAARTINCAPACIDADPISCOLOGICA
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